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Líneas básicas de actuación

Estas líneas básicas orientativas para el Contrato Inicial de Gestión de la AEA para el 2009, y como soporte de las futuras líneas generales para el posterior Contrato de Gestión Plurianual, se corresponden y estarán ubicadas en los Departamentos y competencias de Gerencia, de Investigación, Desarrollo e Innovación en Protección de la Salud y Dopaje, de Prevención y Control del Dopaje, del Laboratorio, más las correspondientes de las Jefaturas de División respectivas y la Unidad de Apoyo, coordinación y gestión residenciada en el Director de la AEA.

El Consejo Rector de la AEA con fecha 3 de octubre de 2008, conoció e informó las Líneas Básicas conducentes al Contrato de Gestión. Con fecha 9 de junio de 2009, el mismo Órgano dictaminó favorablemente el Contrato de Gestión para un periodo de cuatro años.

1.    Constitución formal Agencia

2.    Presupuesto 2009.

3.    Ingresos por servicios prestados por el Laboratorio de Control de Dopaje.

4.    Búsqueda de posibles patrocinios externos.

5.    Presentación de la Agencia y sus objetivos a la Sociedad, a las Instituciones y a los Agentes afectados más directamente.

6.    Constitución de la Comisión Interterritorial de Salud y Control del Dopaje.

7.    Relaciones y coordinación con la Agencia Mundial Antidopaje, Consejo de Europa, UNESCO y otras Agencias.

8.    Presencia y representación institucional en foros y reuniones de ámbito nacional y en su caso internacional.

9.    Estudio del diseño de posibles campañas de comunicación y divulgación de valores: "Deporte-Salud" y "Deporte-Limpio".

10.   Pedagogía social

     -  Plan de cercanía con el mundo del deporte y sectores de mayor riesgo  

     -  Constitución del  "Club de Amigos del Deporte Limpio"

11.    Coordinación con la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje del C.S.D

12.    Inicio de coordinación en acciones concretas con otras Instituciones, Organismos Públicos, Entidades Deportivas y de la Salud.

13.    I+D+i. Investigación, Desarrollo e innovación. Formación y Reciclaje del personal del Laboratorio y de los Agentes de Control del Dopaje.

14.    Formación y Reciclaje del resto de personal de la A.E.A.        

15.    Relaciones y coordinación de la AEA con la Comisión de Autorización de Uso Terapéutico (CAUT).

16.    Actualización permanente del material y equipos del Laboratorio para su puesta al día con homologación de calidad y eficacia.

17.    Organización de Jornadas relativas a deporte y salud, y lucha contra el dopaje, promovidas por la Agencia Estatal Antidopaje, en colaboración con el CSD, Presidencia del Gobierno, y en su caso, Comunidades Autónomas, otros Departamentos Ministeriales, Instituciones, Organismos Públicos, Entidades Deportivas y de la Salud

18.    Elaboración de los primeros datos estadísticos y documentales.

19.    Formación de profesionales de la medicina como Agentes Oficiales de Control del Dopaje, colaboradores de la AEA:

20.    Actuaciones preparatorias de cara al 2010, fecha de la Presidencia Española de la Unión Europea.

21.    Interponer por la AEA, solicitud de revisión ante el Comité Español de Disciplina Deportiva, en los términos previstos en la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, cuando estime que las resoluciones adoptadas por la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje no se ajustan a Derecho

 

     

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